Reducción de capital social con amortización de participaciones

Las reducciones de capital no siempre han de tributar por ITP y AJD, como ocurre cuando lo que se pretende es la amortización de las participaciones propias adquiridas a alguno de los socios.

Beneficios fiscales en el ITP y AJD

Se introduce una exención en el ITP y AJD para las adjudicaciones y transmisiones de la propiedad o del derecho de usufructo de bienes, que sean consecuencia de la ejecución de sentencias derivadas de la Ley Orgánica de Medidas de Protección Integral contra la Violencia de Género (LO 1/2004).