Tributacián en el IAE de actividades agrarias y ganaderas

En la venta de los productos agrícolas obtenidos en una explotación agrícola realizada a través de una cooperativa agrícola, el sujeto pasivo del IAE es la propia cooperativa. Si el agricultor vende a la cooperativa los citados productos, no se produce el hecho imponible del IAE cuando la venta se realice en la propia explotación agrícola, pero sí cuando se produzca en un lugar distinto de la explotación agrícola.