No constituye renta del trabajo en especie los gastos y tasas correspondientes a pruebas finales, exámenes o certificaciones sufragados por la empresa que permitan a sus empleados actualizarse o capacitarse mejor en su puesto de trabajo.
A partir del 30-12-2017 en el ámbito de los rendimientos del trabajo, cuando la cobertura tenga por destinatarios a trabajadores con discapacidad, se eleva el importe exento por seguros de enfermedad hasta 1.500 euros por persona.
Desde el 1-1-2017, la formación recibida por los trabajadores tampoco se considera renta del trabajo en especie para estos últimos aunque sea un tercero el que financie la realización de tales estudios.
Desde el 1-1-2018, la cuantía diaria exenta de las fórmulas indirectas de prestación del servicio de comedor (vales-comida o documentos similares, tarjetas o cualquier otro medio electrónico de pago que se entregan al trabajador para atender dicha necesidad) se eleva a 11 euros diarios.