Restricciones de viajes a la UE y zona Schengen por COVID-19 (RS 24/22 14 de Junio de 2022 al 20 de Junio de 2022)
Se prorrogan las restricciones hasta las 24:00 h del 15-7-2022.
Se prorrogan las restricciones hasta las 24:00 h del 15-7-2022.
Se regula el procedimiento para la liquidación y pago telemático de la tasa 038, por expedición de autorizaciones de trabajo y autorizaciones a ciudadanos extranjeros, que sean inversores, emprendedores, trabajadores cualificados, investigadores o trasladados intraempresarialmente, y sus familiares, para su estancia o residencia en España por razones económicas.
Debido a las altas tasas de vacunación en España y la situación favorable del sistema sanitario y el cambio de enfoque de la UE, y en la línea del resto de países miembros, a partir del 2-6-2022 se eliminan las restricciones de viaje a las personas procedentes de países de la UE o asociados Schengen.
A fin de alinear los requisitos de entrada a España a la última
Recomendación (UE) 2022/107EDL 2022/1253
de la UE, enfocada a un levantamiento gradual de la restricción de viajes no esenciales por COVID-19, para los mayores de 12 años se admite un certificado de vacunación, de recuperación o de diagnóstico negativo reconocido por el Ministerio de Sanidad, previa comprobación por las autoridades sanitarias.
Quedan sin efecto las medidas de control sanitario a quienes llegan a España desde Francia por vía terrestre.
Se prorrogan las restricciones hasta las 24:00 h del 15-5-2022.
Publicación del catálogo de ocupaciones de difícil cobertura para el segundo trimestre de 2022.
Desde el 9-4-2022, los menores de 12 a 18 años quedan exentos de la restricción si presentan una PCR o similar con resultado negativo realizada 72 horas antes de la salida, y no de la entrada como hasta entonces.
La Comisión de la UE anima a los Estados miembros al reconocimiento rápido y eficaz de las cualificaciones profesionales de los beneficiarios de la protección temporal, a fin de garantizar que puedan acceder a puestos de trabajo correspondientes a su nivel de cualificación.
Una vez superada la fase aguda de la pandemia y actualizadas las medidas de vigilancia y control a nivel nacional, procede modificar los controles en los puntos de entrada a España, permitiendo el uso alternativo del Certificado COVID digital de la UE o la utilización del código QR obtenido tras la cumplimentación del formulario de control sanitario, a través de SpTH.
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