Compensación derivada de la distribución irregular de la jornada
En caso de distribución irregular de la jornada las diferencias entre la realizada y la legal pueden ser objeto de compensación según se pacten en convenio o en su defecto entre empresario y los representantes legales de los trabajadores. A falta de pacto, las diferencias derivadas deben compensarse en un plazo máximo de 12 meses desde que se producen.