Aplicación a los matrimonios homosexuales del concepto de «cónyuge» a efectos del derecho de libre circulación

El concepto de «cónyuge» es neutro desde el punto de vista del género e incluye al cónyuge del mismo sexo del ciudadano de la Unión de que se trate. Por lo que el nacional de un tercer Estado, del mismo sexo que el ciudadano de la Unión, que ha contraído matrimonio con este en un Estado miembro de conformidad con el Derecho de ese Estado, tiene derecho a residir por más de tres meses en el territorio del Estado miembro del que el ciudadano de la Unión es nacional.