Retribución de residentes contratados por el Ministerio de Justicia o por CCAA con competencias en justicia (RS 31/20 28 de Julio de 2020 al 03 de Agosto de 2020)
Los residentes contratados por el Ministerio de Justicia o por las Consejerías de las CCAA con competencias en justicia deben percibir su retribución conforme a lo establecido en la legislación que resulte aplicable, incluyendo la retribución por las guardias que realicen. En ningún caso la remuneración correspondiente a la jornada ordinaria puede ser inferior a la prevista en el RD 1146/2006 respecto del sueldo, complemento de grado de formación y pagas extraordinarias.