Derecho de aprovechamiento por turno de inmuebles de uso turístico.
Se elabora un texto unificado en esta materia incorporando la transposición de Dir 2008/122/CE, así como la L 42/1998 con las adaptaciones necesarias.
Se elabora un texto unificado en esta materia incorporando la transposición de Dir 2008/122/CE, así como la L 42/1998 con las adaptaciones necesarias.
Se elabora un texto unificado en esta materia incorporando la transposición de Dir 2008/122/CE, así como la L 42/1998 con las adaptaciones necesarias.
Se regula la regla de valoración de los derechos de aprovechamiento por turno de bienes inmuebles de uso turístico.
La transmisión de estos derechos tributa al tipo reducido del ITP y AJD.
Se regula la regla de valoración de los derechos de aprovechamiento por turno de bienes inmuebles de uso turístico.
La transmisión de estos derechos tributa al tipo reducido del ITP y AJD.
Se regula la regla de valoración de los derechos de aprovechamiento por turno de bienes inmuebles de uso turístico.
La transmisión de estos derechos tributa al tipo reducido del ITP y AJD.
Se regula la regla de valoración de los derechos de aprovechamiento por turno de bienes inmuebles de uso turístico.
La transmisión de estos derechos tributa al tipo reducido del ITP y AJD.
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