Convenios urbanísticos. Extremadura
Exclusión de la responsabilidad patrimonial de la Administración en caso de no aprobación de un instrumento de planeamiento.
Exclusión de la responsabilidad patrimonial de la Administración en caso de no aprobación de un instrumento de planeamiento.
Profunda revisión del régimen jurídico de los convenios urbanísticos, prohibiéndose que éstos tengan por objeto de la modificación del planeamiento para cambiar la clasificación del suelo -salvo el supuesto del suelo no urbanizable inadecuado, que no es objeto de protección-, incrementando la publicidad durante su tramitación, la determinación de supuestos que generan la nulidad del convenio y la afectación de la contraprestación obtenida por el ayuntamiento al patrimonio municipal del suelo.
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