Convenios urbanísticos. Murcia

Profunda revisión del régimen jurídico de los convenios urbanísticos, prohibiéndose que éstos tengan por objeto de la modificación del planeamiento para cambiar la clasificación del suelo -salvo el supuesto del suelo no urbanizable inadecuado, que no es objeto de protección-, incrementando la publicidad durante su tramitación, la determinación de supuestos que generan la nulidad del convenio y la afectación de la contraprestación obtenida por el ayuntamiento al patrimonio municipal del suelo.