Prohibición del velo islámico en el lugar de trabajo

Es legítima una norma de la empresa que no permite a los trabajadores llevar signos visibles de sus convicciones religiosas en el lugar de trabajo que incluya únicamente a los trabajadores que están en contacto con clientes. Por otra parte, no constituye un requisito profesional esencial y determinante la voluntad del empresario de tener en cuenta los deseos particulares de un cliente para justificar el despido de una trabajadora que se niega a dejar de utilizar el velo.

Legitimidad de la videovigilancia sin necesidad de información expresa al trabajador

La obtención de la prueba a través de cámaras de videovigilancia es válida aunque el trabajador no haya sido expresamente informado de la finalidad de control de la actividad laboral, siempre que se conozca la existencia de las cámaras y se observe el principio de proporcionalidad.