Plan Anual para el Fomento del Empleo Digno 2025 (RS 31/25 29 de Julio de 2025 al 04 de Agosto de 2025)

Se configura como el marco de referencia para la coordinación y ejecución de las políticas de apoyo activo al empleo en toda España en 2025, sirviendo como base compartida a partir de la cual los diferentes servicios públicos de empleo deben diseñar y gestionar sus propias políticas.

Obligación empresarial de facilitar un correo electrónico corporativo para la gestión laboral, existiendo medios alternativos (RS 29/25 15 de Julio de 2025 al 21 de Julio de 2025)

La empresa no está obligada a proporcionar cuentas de correo corporativo a toda la plantilla si implementa herramientas digitales para la gestión laboral que pueden ser accesibles mediante mecanismos alternativos, sin necesitar el uso obligatorio de datos personales como correos electrónicos o teléfonos personales, y mantiene canales convencionales de comunicación.

Estrategia Española de Apoyo Activo al Empleo 2025-2028 (RS 29/25 15 de Julio de 2025 al 21 de Julio de 2025)

Se publica la nueva estrategia española de apoyo activo al empleo para el periodo 2025 -2028 que determina el marco estatal al que deben referirse todas las actuaciones que se lleven a cabo en el seno del Sistema Nacional de Empleo en materia de políticas de activación y formación en el trabajo, así como los principios, los objetivos comunes, tanto estratégicos como operativos, las medidas a desarrollar y los recursos financieros con los que se prevé contar para el cumplimiento de los citados objetivos y medidas.

Eximir al trabajador de prestar servicios durante un procedimiento de investigación por posibles conductas irregulares (RS 28/25 08 de Julio de 2025 al 14 de Julio de 2025)

La mera exoneración de prestación de servicios, con abono del salario, dentro de un proceso de investigación interna justificada y en el marco de negociaciones para una salida pactada del trabajador, no implica una vulneración de derechos fundamentales ni constituye un incumplimiento grave empresarial por falta de ocupación efectiva, ni por acoso laboral, que justifique la extinción indemnizada del contrato.

Cláusula incluida en el convenio colectivo sobre el uso de la inteligencia artificial (RS 27/25 01 de Julio de 2025 al 07 de Julio de 2025)

El convenio colectivo no es el lugar adecuado para regular con detalle el uso de la inteligencia artificial, ya que esto queda fuera de su objeto principal. Esta ausencia no produce una discriminación indirecta ni vulnera la protección de datos personales.

Envío de correos electrónicos durante la IT (RS 26/25 24 de Junio de 2025 al 30 de Junio de 2025)

Vulnera el derecho fundamental a la integridad moral del trabajador el envío reiterado de correos electrónicos por parte de la empresa a un trabajador en IT, además de no respetar el derecho a la desconexión digital, y aunque no requieran una respuesta inmediata.

Utilización en el ámbito laboral de imágenes de un trabajador publicadas en una red social (RS 23/25 03 de Junio de 2025 al 09 de Junio de 2025)

La obtención y uso de imágenes públicas en redes sociales, cuando la persona trabajadora etiquetada no objeta su difusión, no vulnera el derecho fundamental a la propia imagen ni a la intimidad, pudiendo ser legítimamente utilizada por la empresa incluso para justificar un despido disciplinario.

Protección de datos en la gestión del procedimiento interno de acoso laboral (RS 21/25 20 de Mayo de 2025 al 26 de Mayo de 2025)

La empresa vulnera el principio de confidencialidad cuando permite el acceso a los datos personales de los denunciantes y denunciados tanto al comité de empresa como a todos los implicados.

Acceso del administrador solidario al contenido de un grupo de Whatsapp privado de los trabajadores (RS 19/25 06 de Mayo de 2025 al 12 de Mayo de 2025)

El acceso no autorizado por parte del administrador solidario a mensajes privados de Whatsapp de los trabajadores constituye un delito de descubrimiento y revelación de secretos, con responsabilidad civil por los daños causados.

Extinción del contrato de un trabajador en IT por no superación del periodo de prueba (RS 13/25 25 de Marzo de 2025 al 31 de Marzo de 2025)

El desistimiento empresarial por no superación del periodo de prueba de un trabajador que sufre una baja por IT a los 4 días de haber iniciado la prestación de servicios, constituye un despido nulo por discriminación por razón de la enfermedad, salvo que la empresa pruebe que su decisión tiene una justificación objetiva y razonable.