Aplicación del régimen transitorio de la limitación del encadenamiento de contratos temporales

A los efectos de la aplicación del régimen de conversión en fijo por superación del límite de encadenamiento de contratos temporales se ha de aplicar la redacción de la norma que estuviera vigente al tiempo de suscribirse el último contrato temporal concertado antes del 18-6- 2010.

Adquisión de fijeza si la extinción del contrato temporal encadenado se produjo durante la suspensión de la aplicación de la norma

Quienes vieron su contrato temporal convertido en indefinido por el encadenamiento de contratos temporales, antes de la entrada en vigor de la normativa que suspendió la aplicación de esa norma estatutaria, no pierden tal derecho por el hecho de estar en suspenso la norma aplicable al tiempo de la extinción del contrato.