Tipo impositivo aplicable a los objetos de arte, antigüedades y objetos de colección
La tributación de los objetos de arte pasa al tipo del 10% del IVA.
La tributación de los objetos de arte pasa al tipo del 10% del IVA.
Se adapta la redacción del ámbito objetivo del régimen especial de los bienes usados, objetos de arte, antigüedades y objetos de colección a la modificación operada en el tipo impositivo a las operaciones con objetos de arte.
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