El valor en uso de un activo o de una unidad generadora de efectivo se encuentra definido en el PGC Parte 1ª como el valor actual de los flujos de efectivo futuros esperados, tanto a través de su utilización en el curso normal del negocio como, en su caso, de su enajenación u otra forma de disposición. A estos efectos, se consideran los flujos de efectivo futuros capaces de generar el activo teniendo en cuenta su estado actual; adicionalmente, se considerarán los riesgos específicos del activo, o bien ajustando el tipo de descuento, es decir, actualizando los flujos de efectivo sin ajustar por los riesgos, por un tipo de interés que sí haya considerado los riesgos específicos (el tipo de interés de mercado sin riesgo más ajustes por los citados riesgos específicos del activo que no hayan ajustado las estimaciones de flujos de efectivo futuros), o bien ajustando los flujos de efectivo por los riesgos y actualizando a un tipo de interés sin riesgo. En definitiva, hay que considerar los riesgos una vez, pero nunca ignorarlos ni duplicarlos.
Se entiende por tipo de interés de mercado «sin riesgo» el tipo de interés de menor riesgo relativo del entorno económico donde la empresa desarrolle su actividad. Para las empresas que desarrollen su actividad en España y con flujos de efectivo a descontar en euros, el ICAC señala que parece razonable considerar que en un escenario de «normalidad» dicho tipo de interés sea la rentabilidad ofrecida por la deuda pública española, en la fecha en que deba realizarse la valoración, a un plazo equivalente al flujo de efectivo que deba ser objeto de descuento; cuando no existe sesgo en la distribución de los flujos de efectivo, se considera un buen estimador de este interés, la rentabilidad ofrecida por el Tesoro Público a un plazo de diez años (Resol ICAC 18-9-13 Exposición de motivos).
En cuanto a las proyecciones de flujos de efectivo futuros cabe destacar lo siguiente (Resol ICAC 18-9-13 norma 3ª.2.3):
• se basarán en hipótesis razonables y fundamentadas;
• se otorgará mayor peso a las evidencias externas a la empresa;
• las proyecciones se calculan de acuerdo con la información contenida en los presupuestos o previsiones de tipo financiero más recientes que hayan sido aprobados por la dirección;
• se debe excluir cualquier estimación de entradas y salidas de efectivo que se espere que surjan de reestructuraciones futuras o de ampliaciones o mejoras en el rendimiento de los activos. Por tanto, los flujos estimados deben ser los esperados del activo en su estado actual. Lo anterior no impide que en los casos en que en un activo (o una unidad generadora de efectivo -UGE-) se integre por componentes (o activos) con diferentes vidas útiles, el reemplazo de los componentes (o activos) con vidas útiles inferiores se considerará como mantenimiento diario del activo (o de la UGE);
• las proyecciones cubrirán con carácter general un período máximo de 5 años, salvo que pudiera justificarse la utilización de un plazo mayor, a partir del cual se calculará el valor residual hasta completar la vida útil del activo o de forma perpetua si la vida es indefinida, utilizando una tasa de crecimiento constante o decreciente, salvo que se pudiera justificar el uso de una tasa creciente en el tiempo;
• la dirección debe evaluar la razonabilidad de las hipótesis en las que se basan sus proyecciones contrastando con los resultados reales;
• las proyecciones de flujos abarcan tanto las entradas como las salidas de efectivo procedentes de la utilización continuada del activo, así como los que se derivarían de su enajenación, al final de su vida útil;
• a fin de evitar duplicidades, las estimaciones de los flujos de efectivo futuros no incluirán:
1. Entradas de efectivo procedentes de activos que ya generen entradas de efectivo que sean en buena medida independientes de las entradas procedentes del activo que se esté revisando (por ejemplo, activos financieros tales como partidas a cobrar); y
2. Pagos relacionados con obligaciones que ya han sido reconocidas como pasivos (por ejemplo, cuentas a pagar, pensiones o provisiones).
Sin perjuicio de lo anterior, la forma de estimar los flujos netos de efectivo deberá ser coherente con el criterio que se siga para identificar los elementos patrimoniales que integran la unidad generadora de efectivo. Por ello, cuando por razones prácticas el valor en libros de la unidad generadora de efectivo se calcule considerando el capital circulante asociado a la misma, en la estimación de los flujos de efectivo también habrá que considerar los que traigan causa de su variación;
• no se incluirán entradas ni salidas de efectivo por actividades de financiación;
• si se utiliza una tasa de descuento antes de impuestos, en los flujos de efectivo no se incluirán los originados por el impuesto sobre los beneficios;
• los flujos de efectivo futuros se estimarán en la moneda en la que vayan a ser generados, y se actualizarán utilizando la tasa de descuento apropiada para esa moneda. La empresa convertirá el valor actual aplicando el tipo de cambio al contado en la fecha del cálculo del valor en uso;
• para el caso de activos subvencionados, la subvención pendiente de imputar a la cuenta de pérdidas y ganancias, se calificará como un componente más del valor en uso del activo para determinar si existe una pérdida por deterioro (este criterio ya había sido establecido por el ICAC consulta núm 1, BOICAC núm 86).
El PGC NRV 18ª establece que el deterioro de valor de elementos recibidos por donaciones (o subvenciones) se deberá considerar como una pérdida de valor irreversible en la parte en que estos hayan sido financiados gratuitamente, de tal forma que se contabilizaría un cargo a las pérdidas por deterioro y un abono a la cuenta en la que esté integrado el activo que se deteriora. No obstante, la consideración dentro del valor en uso de la parte de la subvención no imputada al resultado parece que llevaría de hecho a que, en caso de que proceda corregir por deterioro un activo subvencionado, porque el importe recuperable a través del mercado sea inferior al valor contable del activo en la parte no subvencionada (la parte subvencionada por definición, de acuerdo con el criterio expuesto, no se deteriora), la corrección por deterioro se corresponda con la parte no financiada gratuitamente, la cual está sometida a las reglas generales (es decir, la corrección por deterioro es reversible y no motiva la imputación de la subvención a resultados).
Respecto a la tasa de descuento (Resol ICAC 18-9-13 norma 3ª.2.3.4):
• debe considerar el valor temporal del dinero y los riesgos específicos del activo que no se hayan ajustado en las estimaciones de flujos de efectivo futuros;
• normalmente, se utiliza una sola tasa de descuento para calcular el valor en uso de un activo. El procedimiento idóneo para determinar esta tasa de descuento sería el tipo implícito resultante de transacciones actuales de mercado para activos similares o el coste medio ponderado de capital de una empresa cotizada que tuviera un solo activo (o conjunto de activos) similares al que se está considerando en términos de potencial de servicio y de riesgo soportado. En caso de que la tasa no se pueda obtener directamente del mercado, pueden considerarse:
a. Coste medio ponderado de capital, determinado empleando técnicas tales como el Modelo de Precios de los Activos Financieros (nº 10359 Memento Contable 2013).
b. El tipo de interés incremental de los préstamos tomados por la empresa, y
c. Otros tipos de mercado para los préstamos.
• no obstante, se utilizarán distintos tipos de interés para diferentes períodos futuros, siempre que el valor en uso sea sensible a las diferencias en los riesgos para diferentes períodos o a la estructura de plazos de los tipos de interés.
Normalmente, la cuantificación o la distribución de los flujos de efectivo está sometida a incertidumbre, debiéndose considerar esta asignando probabilidades a las distintas estimaciones de flujos de efectivo. Es el denominado «enfoque del flujo de efectivo esperado». En caso de que sea muy costoso elaborar distintos escenarios, la empresa debería aplicar el denominado «enfoque tradicional». En él se emplea un único conjunto de flujos de efectivo esperados y una tasa única de descuento, asumiendo que esta tasa de descuento puede incorporar todas las expectativas sobre los flujos de efectivo futuros.
Los tipos de descuento y los flujos de efectivo deben contener hipótesis coherentes; en particular, valores reales frente a valores nominales y ajuste en los riesgos bien en los flujos bien en la tasa (no en los dos ni en ninguno). Deben estar ambos libres de sesgos y ser reflejo del rango de los resultados posibles, no del desenlace más probable ni de los importes máximos ni mínimos. En cualquier caso, las estimaciones deben tener en cuenta cualquier otra asunción que los participantes en el mercado considerarían, tal como el grado de liquidez inherente al activo valorado.
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