7
En el contexto actual del mercado energético se hace preciso facilitar a los consumidores el acceso a la energía, por lo que se reduce el tipo impositivo del IVA sobre el gas natural. Además, para favorecer el desarrollo y utilización de combustibles menos contaminantes en sistemas de calefacción y fomentar la suficiencia energética, se reduce también el tipo impositivo aplicable en los suministros de briquetas y pellets procedentes de la biomasa y a la madera para leña.Por tanto, con efectos desde el 1-1-2022 y hasta el 31-12-2022, se reduce del 21 al 5% el tipo a aplicar en el IVA a las entregas, importaciones y adquisiciones intracomunitarias de:- gas natural;- briquetas y pellets procedentes de la biomasa, y madera para leña.DFN Bizkaia 6/2022EDL 2022/36511 art.1, BOTHB 11-11-22
Actualidad jurídica
Suscríbase vía email
Comentarios: 0 comentarios