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Con efectos desde 12-3-2020, se adoptan una serie de medidas en relación con la suspensión de los lanzamientos de la vivienda habitual de personas pertenecientes a colectivos especialmente vulnerables, adoptada por la crisis económica. • El plazo suspensión -que finalizaba el 15-5-2020-, se amplía hasta 15-5-2024, por considerar que muchas de las personas en cuyo favor se adoptó esta medida todavía continúan estando en situación de especial vulnerabilidad.• A estos efectos, pasa a considerarse en situación de especial vulnerabilidad a la familia monoparental con solo un hijo a cargo. • En cuanto a los requisitos económicos que han de cumplir las unidades familiares para la suspensión del lanzamiento, los límites máximos de renta se incrementan por cada hijo a cargo: – para las familias monoparentales, 0,15 veces el IPREM; y – para el resto de familias, 0,10 veces el IPREM. • Por último, la norma también extiende su aplicación de forma que la suspensión produce sus efectos cualquiera que sea el adjudicatario de la vivienda, persona física o jurídica, y no solo cuando se hubiera adjudicado al acreedor, o a cualquier persona que actuase por su cuenta, como ocurría hasta este momento.L 1/2013 art.1 redacc RDL 6/2020, BOE 11-3-20
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