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Con efectos a partir del 1-1-2022:a) Para corregir los ficheros TicketBAI que han sido rechazados, se establecen los siguientes procedimientos:1.Procedimiento para el envío de la información correspondiente al fichero TicketBAI que ha sido rechazado. La información correspondiente al fichero TicketBAI rechazado por no cumplir las validaciones mínimas establecidas (OF Gipuzkoa 521/2020EDL 2020/40942), debe subsanarse a través del envío del fichero de subsanación, de acuerdo con los requisitos de los servicios Zuzendu, el procedimiento y las especificaciones técnicas y funcionales que se regulan en la OF Gipuzkoa 16/2022EDL 2022/856 anexo I.Este fichero rechazado no puede sufrir alteración alguna, y debe conservarse en su estado original dentro del sistema informático para garantizar la integridad, conservación, trazabilidad e inviolabilidad del fichero TicketBAI generado por el software TicketBAI.2.Procedimiento para el envío de la información correspondiente al fichero de alta TicketBAI y al fichero de subsanación del fichero de alta TicketBAI, que han sido recibidos, pero con aviso de errores. La información correspondiente al fichero que ha sido recibido, pero con aviso de errores que se hayan puesto en conocimiento del contribuyente, bien a través del servicio REST en el momento de la recepción del fichero, o bien posteriormente por otros medios, debe ser modificada a través de cualquiera de estos medios:- accediendo al servicio que a tal efecto se ponga a disposición del contribuyente en la sede electrónica de la Diputación Foral de Gipuzkoa;- a través del envío del fichero de modificación, según los requisitos del servicio zuzendu-alta, el procedimiento y las especificaciones técnicas y funcionales que se regulan en la OF Gipuzkoa 16/2022EDL 2022/856 anexo I.Estos medios son complementarios y puede emplearse para la corrección de los errores de modo indistinto.Este fichero de alta recibido, pero con aviso de errores, no puede sufrir alteración alguna, y debe conservarse en su estado original dentro del sistema informático para garantizar la integridad, conservación, trazabilidad e inviolabilidad del fichero de alta TicketBAI generado por el software TicketBAI.b) Asimismo, se introducen las siguientes modificaciones respecto a las especificaciones del software TicketBAI y declaración de alta en el Registro TicketBAI:1.Se estable un régimen transitorio para las especificaciones de la firma electrónica. Mantienen plena validez y efectos los ficheros TicketBAI generados y enviados a la Hacienda Foral de Gipuzkoa, que hayan sido firmados electrónicamente atendiendo a las especificaciones de la firma electrónica recogidas en la OF Gipuzkoa 521/2020EDL 2020/40942 anexo III en su redacción vigente a 1-1-2022.2.Se sustituyen los siguientes anexos:- el anexo III, denominado «Especificaciones de la firma electrónica de los ficheros TicketBAI» por la OF Gipuzkoa 16/2022EDL 2022/856 anexo II, denominado “Especificaciones de la firma electrónica de los ficheros de alta y de anulación de operación con software TicketBAI”;- el anexo IV, denominado «Especificaciones técnicas y funcionales, y requisitos del envío de los ficheros TicketBAI», por la OF Gipuzkoa 16/2022EDL 2022/856 anexo III, denominado “Especificaciones de la firma electrónica de los ficheros de alta y de anulación de operación con software TicketBAI”.OF Gipuzkoa 16/2022EDL 2022/856 art.1 y 2, BOTHG 24-1-22; OF Gipuzkoa 521/2020 disp.trans.única y anexo III y IV redacc OF Gipuzkoa 16/2022EDL 2022/856 disp.final 1ª, BOTHG 24-1-22
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