La solicitud de declaración de concurso puede ser realizada, con efectos a partir del 18-10-2013, además de por el deudor o de cualquiera de sus acreedores, también por el mediador concursal en el caso del procedimiento de acuerdo extrajudicial de pagos. Esta figura del mediador nace en virtud de la adición de un nuevo Título X a la Ley Concursal por la L 14/2013 (ver nº 8154.1 Memento Contable 2013).
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