En el año 2019, las retribuciones del personal al servicio del sector público no pueden experimentar un incremento global superior al 2,25% respecto a las vigentes a 31-12-2018, tanto por lo que respecta a efectivos de personal como a la antigüedad del mismo y sin considerar a tales efectos los gastos de acción social que, en términos globales, no pueden experimentar ningún incremento en 2019 respecto a los de 2018.
Además, si el incremento del Producto Interior Bruto (PIB) a precios constantes en 2018 alcanza o supera el 2,5% se añadiría, con efectos de 1-7-2019, otro 0,25% de incremento salarial. Para un crecimiento inferior al 2,5% señalado, el incremento disminuirá proporcionalmente en función de la reducción que se haya producido sobre dicho 2,5%, de manera que los incrementos globales resultantes serán: PIB igual a 2,1: 2,30%. PIB igual a 2,2: 2,35%. PIB igual a 2,3: 2,40%. PIB igual a 2,4: 2,45%.
En el sector público se pueden realizar aportaciones a planes de pensiones de empleo o contratos de seguro colectivos, siempre que no se supere el incremento global fijado
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