Ha sido dada nueva redacción al RIVA art.12.1.2º por la cual, dentro de los requisitos de las exenciones relativas a los regímenes suspensivos, se especifica que el adquirente de los bienes o destinatario de los servicios habrá de entregar al transmitente o prestador de los servicios una declaración suscrita por él en la que manifieste la situación de los bienes que justifique la exención. A estos efectos, el adquirente o destinatario podrán utilizar el formulario disponible a tal propósito en la sede electrónica de la Agencia Estatal de la Administración Tributaria.
Actualidad jurídica
Suscríbase vía email
Comentarios: 0 comentarios