13
Con efectos para el año 2023, los sujetos pasivos del IVA que desarrollen actividades a las que sea de aplicación el régimen especial simplificado y deseen renunciar a él o revocar su renuncia para el año 2023 disponen para ejercitar esa opción hasta el 25-4-2023 (anteriormente, hasta el 31-1-2023).DF Araba 4/2023 art.4 primer párrafo redacc DF Araba 22/2023 disp.adic.única, BOTHA 7-6-23
Actualidad jurídica
Suscríbase vía email
Comentarios: 0 comentarios