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Régimen transitorio de la reducción de las rentas de la explotación de la propiedad intelectual o industrial. IS

Con efectos para los períodos impositivos iniciados a partir de 1-7-2016, la nueva Ley foral del IS introdujo una nueva regulación de la reducción por explotación de propiedad intelectual o industrial con el fin de adecuarla al Plan de acción contra la erosión de la base imponible y el traslado de beneficios (Plan de acción “BEPS”).
Además, introdujo un régimen transitorio que permite a las cesiones de este tipo de activos realizadas antes de 1-7-2016 aplicar el régimen normativo anterior hasta el 30-6-2021.
Con efectos desde el 1-7-2016 se establece que si la propiedad intelectual o industrial objeto de cesión ha sido adquirida desde el 1-1-2016 a entidades vinculadas, solo puede aplicarse este régimen transitorio hasta el 31-12-2016, salvo que la transmisión se hubiese realizado por motivos económicos válidos y la transmitente también hubiese podido aplicar este régimen transitorio u otro similar.

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