Con efectos desde el 19-3-2017, se amplía el colectivo de familias que pueden beneficiarse de la suspensión de lanzamiento sobre la vivienda habitual y otras medidas del Código de Buenas Prácticas, incluyendo:
a) Las familias con hijos menores de edad (antes de restringía a las familias con hijos menores de tres años).
b) La unidad familiar con la que convivan, en la misma vivienda, una o más personas que estén unidas con el titular de la hipoteca o su cónyuge por vínculo de parentesco hasta el tercer grado de consanguinidad o afinidad, y que se encuentren en situación personal de discapacidad, dependencia, enfermedad grave que les incapacite acreditadamente de forma temporal o permanente para realizar una actividad laboral.
c) La unidad familiar en que exista una víctima de violencia de género.
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