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Con efectos desde el 1-1-2022 y vigencia hasta el 30-6-2022, se prorroga la aplicación del tipo 0% en el IGIC a la importación o entrega de ciertos bienes necesarios, detallados en la propia disposición, para combatir los efectos del coronavirus (DL Canarias 17/2021 art.único.2),DL Canarias 17/2021 art.únicoEDL 2021/46107; DL Canarias 17/2021 disp.derog.únicaEDL 2021/46107; DL Canarias 17/2021 disp.final 2ª, BOCANA 24-12-21EDL 2021/46107NOTAComo consecuencia de la entrada en vigor de este Decreto Ley quedan derogados el Decreto Ley que estableció del tipo cero en el IGIC aplicable a la importación o entrega de determinados bienes necesarios para combatir los efectos del COVID-19 (DL Canarias 8/2020), y sus sucesivas prórrogas (DL Canarias 13/2020; DL Canarias 18/2020; DL Canarias 5/2021). Además se deroga el Decreto Ley que establece el tipo cero en el IGIC aplicable a la importación o entrega de mascarillas y productos sanitarios para diagnóstico in vitro de la COVID-19 (DL Canarias 19/2020), y las disposiciones relativas a la tributación en el IGIC de la importación y entrega de ultracongeladores destinados a la conservación de la vacuna para combatir los efectos del COVID-19 (DL Canarias 4/2021 disp.final 4ª y 5ª).
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