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Con efectos a partir del 10-12-2020, en coherencia con la extensión de plazos introducida en el ámbito del IRPF en los tratamientos tributarios relacionados con la vivienda habitual, para la aplicación del tipo de gravamen del 2,5% en las transmisiones de vivienda (NF Araba 11/2003 art.43.uno.c), se amplía en 6 meses el plazo de 12 meses, a contar desde la adquisición de la vivienda, para la presentación de la documentación justificativa de que la vivienda cumple los requisitos para ser considerada vivienda habitual de la persona adquirente, cuando dicho plazo finalice entre el 1-1-2021 y el 31-12-2021.La ampliación de este plazo no es de aplicación al plazo ampliado en el DNUF Araba 6/2020EDL 2020/11464 art.11, en el que se establecía que se ampliaba en 6 meses el plazo de 12 meses, a contar desde la adquisición de la vivienda, para la presentación de la documentación justificativa de que la vivienda cumple los requisitos para ser considerada vivienda habitual de la persona adquirente, cuando dicho plazo finalizara entre el 14-3-2020 y el 31-12-2020.DNUF Araba 14/2020EDL 2020/38825 art.20 y 22, BOTHA 9-12-20
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