Procedimiento de devolución a mutualistas (RF 30/25 22 de Julio de 2025 al 28 de Julio de 2025)
Con efectos desde el 22-12-2024, se modifica la tramitación a seguir por la AEAT para que los pensionistas que en su día realizaron aportaciones a mutualidades laborales puedan solicitar la devolución del IRPF correspondiente a los ejercicios 2019 a 2022 y años anteriores no prescritos, resultante de la aplicación de la LIRPF disp.trans.2ª.