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Con efectos a partir del 1-3-2022, se aprueban los precios medios de venta de vehículos de turismo, todoterrenos, autocaravanas y motocicletas, así como de embarcaciones de recreo, motores marinos y motos náuticas, usados, y los porcentajes de depreciación en función de la antigüedad de los mismos, en la gestión del ITP y AJD, ISD, IMT e IP.En lo que se refiere al IMT, se mantiene, como en los últimos años, la fórmula que elimina del valor de mercado, a efectos de este Impuesto, la imposición indirecta ya soportada por el vehículo usado de que se trate, para adecuar la valoración a los criterios de la UE.OF Gipuzkoa 98/2022EDL 2022/4918, BOTHG 28-2-22NOTA1) Con la entrada en vigor de la presente Orden, se deroga la OF Gipuzkoa 12/2021EDL 2021/1701, por la que fueron aprobados, para el ejercicio 2021, los precios medios de venta de vehículos y embarcaciones aplicables en la gestión de los citados impuestos en este territorio.2) En tanto no sea aprobada una nueva OF de precios medios de venta referida a otros tipos de elementos de transporte privados no incluidos en la presente norma, continúa en vigor la OF Gipuzkoa 293/2019EDL 2019/23152.
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