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Con efectos a partir del 30-3-2024, se aprueban los precios medios de venta de vehículos automóviles, autocaravanas, quads y motocicletas, así como de embarcaciones de recreo, motores marinos y motos náuticas, usados, y los porcentajes de depreciación en función de la antigüedad de los mismos. Estos valores se van a utilizar como medios de comprobación a los efectos del ITP y AJD, ISD e IMT.Se mantiene la eliminación de los precios medios de las aeronaves al constatarse la inexistencia de un mercado importante de aeronaves usadas, pudiendo la Administración realizar una valoración individualizada de cada aeronave cuando se produzca una operación aislada que lo requiera. Como novedad se incluyen los porcentajes de depreciación específicos para autocaravanas.DF Araba 5/2024, BOTHA 20-3-24NOTACon la entrada en vigor del presente Decreto Foral, quedan sustituidas las tablas recogidas en el DF Araba 9/2023 anexos I, II, III y IV, por el que fueron aprobados, para el año 2023, los precios medios de venta de vehículos y embarcaciones a efectos del ITP y AJD, ISD e IMT en este territorio.
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