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Con efectos a partir del 27-3-2021, se aprueban los precios medios de venta de vehículos de turismo, todo terrenos y motocicletas, así como de embarcaciones de recreo y motores marinos, usados, y los porcentajes de depreciación en función de la antigüedad de los mismos, en la gestión del ITP y AJD, ISD e IMT, siendo utilizables estos valores como medios de comprobación de los citados impuestos.Se mantiene la eliminación de los precios medios de las aeronaves al constatarse la inexistencia de un mercado importante de aeronaves usadas, pudiendo la Administración realizar una valoración individualizada de cada aeronave cuando se produzca una operación aislada que lo requiera.DF Araba 9/2021EDL 2021/7057, BOTHA 17-3-21NOTACon la entrada en vigor del presente DF, quedan sustituidas las tablas recogidas en el DF Araba 7/2020EDL 2020/6856 anexos I, II, III y IV, por el que fueron aprobados, para el ejercicio 2020, los precios medios de venta de vehículos y embarcaciones aplicables en la gestión del ITP y AJD, ISD e IMT en este territorio.
Actualidad jurídica
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