La aprobación del Plan Director de Residuos de La Rioja 2016-2026 tiene naturaleza de instrumento global de planificación en materia de prevención y gestión de residuos (a los que sea aplicable la L 22/2011). El Plan tiene una vigencia hasta 31-12-2026, pudiéndose prorrogar.
Destaca, especialmente en materia de territorio, la regulación de los suelos contaminados al constituir el suelo un recurso no renovable y muy vulnerable a la contaminación y, por tanto, fácilmente degradable y de muy difícil recuperación. Ello ha justificado la adopción de medidas de prevención que aseguren la calidad del suelo. Por ello van destinadas, preferentemente, a conservar el recurso suelo identificando las zonas con mayores riesgos y a prevenir la contaminación local por sustancias peligrosas y a rehabilitar los terrenos contaminados.
Se considera suelo contaminado aquél cuyas características han sido alteradas negativamente por la presencia de componentes químicos de carácter peligroso procedentes de la actividad humana, en concentración tal que comporte un riesgo inaceptable para la salud humana o el medio ambiente, de acuerdo con los criterios y estándares que se determinen por el Gobierno, y así se haya declarado mediante resolución expresa (L 22/2011), siendo obligación de las comunidades autónomas declarar y delimitarlos de acuerdo con lo dispuesto en el RD 9/2005.
El plan tiene los siguientes objetivos:
– redactar y aprobar el decreto autonómico de suelos contaminados, y
– recuperar el espacio degradado de Sajazarra.
Para ello se pretende crear el registro autonómico de suelos alterados, actualizar el inventario de espacios degradados y puntos de vertido incontrolado y su jerarquización determinando prioridades, establecer la realización de una inspección visual del suelo de las instalaciones y continuar fomentando mecanismos de intercambio de información.
Actualidad jurídica
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