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Permiso retribuido recuperable (RS 15/21 13 de Abril de 2021 al 19 de Abril de 2021)

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Se publica el resultado de la tramitación parlamentaria como proyecto de Ley del RDL 10/2020 que estableció un permiso retribuido recuperable, de carácter obligatorio, entre el 30 de marzo y el 9 deabril de 2020 ambos inclusive, para los trabajadores por cuenta ajena que prestaban servicios en empresas o entidades del sector público o privado y cuya actividad no había sido paralizada como consecuencia de la declaración de estado de alarma (RD 463/2020).La medida tenía por objeto reducir la movilidad de la población en el contexto de la lucha contra el COVID-19, aunque se permitía a las empresas establecer el número mínimo de plantilla.Durante el permiso, los trabajadores tenían derecho a conservar su retribución. La recuperación de las horas de trabajo se debía hacer efectiva desde el día siguiente a la finalización del estado de alarma, hasta el 31-12-2020.La nueva norma mantiene íntegro el contenido del RDL 10/2020 y establece su vigencia desde el 13-4-2021.L 4/2021, BOE 13-4-21

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