Actualidad jurídica Suscríbase vía email

Pago y presentación telemática de declaraciones y autoliquidaciones en Cantabria (RF 47/21 23 de Noviembre de 2021 al 29 de Noviembre de 2021)

6 
Con efectos desde el 27-11-2021, se aprueba la nueva Orden reguladora de la utilización de los medios electrónicos en la presentación de declaraciones y autoliquidaciones y de determinadas obligaciones formales que afectan a los notarios. Entre las medidas adoptadas, resultan destacables las que se recogen a continuación:-se actualiza el procedimiento y mecanismos de uso de medios electrónicos y asistencia para el cumplimiento de obligaciones en el ámbito de la confección y presentación mediante dichos medios de las declaraciones y autoliquidaciones de tributos y otros ingresos de Derecho público no tributarios gestionados por la Administración de la Comunidad Autónoma de Cantabria;-se simplifican los requisitos de los usuarios de dichos medios electrónicos y su régimen de autorización, y se recogen los medios válidos de identificación y firma electrónicos;- se recoge la obligación de remisión de información por los notarios mediante las fichas-resumen de las escrituras por ellos autorizadas, además de la copia electrónica de las mismas;- se recoge el procedimiento de habilitación al personal de la Agencia para prestar asistencia en el uso de medios electrónicos.Orden Cantabria HAC/23/2021, DOC 26-11-21NOTACon la entrada en vigor de la presente Orden, queda derogada la Orden Cantabria HAC/10/2008.

Imprimir

Envíe su comentario:

(los campos con asteriscos son obligatorios)

Este Blog no dispone de servicio gratuito de asesoramiento, por lo que su comentario solo podrá ser respondido por otros lectores.

Si necesita una respuesta profesional, le recomendamos realice su pregunta desde el siguiente enlace desde donde podrá establecer un contacto privado con un abogado.

Acepto las condiciones legales

Debes superar la prueba del captcha antes de enviar el formulario. ¡Gracias!


Atención al cliente

Si tienes dudas ponte en contacto con nosotros a través de clientes@lefebvreelderecho.com o llamando al 91 210 80 00 o 902 44 33 55.

Por teléfono

Lo más rápido es llamarnos al 91 210 80 00 o 902 44 33 55, te atenderemos de 8:30h a 20:00h de Lunes a Viernes.

Envío gratis

Envío gratuito a partir de 30€ (excepto Canarias, Ceuta y Melilla).

Devoluciones

Hasta dos meses desde que recibes el pedido para devolver la compra si no has quedado satisfecho (excepto Producto Electrónico que son 15 días).