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Obligatoriedad del uso del TicketBAI en el IS de Gipuzkoa (RF 46/20 10 de Noviembre de 2020 al 16 de Noviembre de 2020)

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Con efectos a partir del 1-1-2022, los contribuyentes de IS deben utilizar un sistema informático que garantice la integridad, conservación, trazabilidad, inviolabilidad y remisión de los ficheros informáticos que documenten todas las entregas de bienes y prestaciones de servicios que realicen, denominado TicketBAI. La nueva obligación se configura y establece de manera idéntica en las Normas Forales del IS y del IRPF (nº 846 Memento Fiscal Foral 2020).No tienen esta obligación las entidades exentas, ni aquéllas a las que les resulte de aplicación el régimen de entidades sin fines lucrativos.Las entidades parcialmente exentas están sometidas a esta obligación exclusivamente por las operaciones cuyas rentas deban integrarse en la base imponible.NF Gipuzkoa 2/2014 art.122 bis redacc NF Gipuzkoa 3/2020EDL 2020/35354 art.1.primero.uno y dos, BOTHG 12-11-20

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