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Obligaciones formales en el Impuesto Especial sobre Determinados Medios de Transporte (RF 12/21 23 de Marzo de 2021 al 29 de Marzo de 2021)

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La normativa reguladora del Impuesto Especial sobre Determinados Medios de Transporte (IMT) establece determinados supuestos de exención y reducción de la base imponible (LF Navarra 20/1992 art.43). Estos beneficios fiscales deben ser solicitados por el contribuyente a través del modelo 05 de Solicitud de beneficios fiscales en el IMT (OF Navarra 140/2009EDL 2009/189925).Con efectos a partir del 24-4-2021, se introducen las siguientes novedades en lo relativo al modelo 05:- se incorporan nuevos supuestos de exención para los medios de transporte matriculados a nombre de universidades en el marco de sus actividades de investigación, docencia o estudio (LO 6/2001 art.80.1), y los supuestos de exención regulados en las letras n) y ñ) de la LF Navarra 20/1992 art.43.1;- se suprimen los supuestos de exención a que se refieren las letras i), k) y l) de la LF Navarra 20/1992 art.43.1;- se especifica que los obligados tributarios que soliciten la aplicación de cualquiera de los supuestos de exención y reducción de la base imponible del impuesto, deben adjuntar al modelo de solicitud la documentación que proceda en cada supuesto, y que estará disponible en la página web de Hacienda Foral de Navarra.OF Navarra 140/2009 art.2.dos y 5.cinco.3 redacc OF Navarra 32/2021EDL 2021/7991 art.único, BON 23-3-21

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