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El presente decreto foral tiene por objeto introducir una modificación relativa a la obligación de presentar la declaración informativa sobre cuentas financieras. Esta modificación obedece a la necesidad de mantener la obligación de presentar la citada declaración, aun cuando no exista información concreta que comunicar, para facilitar el control del cumplimiento de la obligación de presentar la mencionada declaración informativa.Por ello, con efectos a partir del 28-12-2020, se establece que las instituciones financieras también están obligadas a presentar la declaración informativa sobre cuentas financieras, aun cuando tras la aplicación de las normas de diligencia debida, concluyan que no existen cuentas sujetas a comunicación de información (RD 1021/2015 anexo único. sección VIII.D). DF Gipuzkoa 25/2016 art.4 redacc DF Gipuzkoa 34/2020EDL 2020/40956, BOTHG 28-12-20
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