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La aprobación de la nueva Norma Foral del ISD (NF Gipuzkoa 2/2022), exige la actualización del desarrollo reglamentario vigente del referido impuesto, en la medida en que una parte importante del contenido de este ha pasado a formar parte de la norma foral.Por ello, con efectos a partir del 7-2-2023, para ajustar el citado desarrollo y disponer de un reglamento sistematizado y coherente con lo dispuesto en la norma foral, se aprueba el nuevo Reglamento del ISD.Cabe señalar que, en lo sustancial, es similar al contenido del reglamento aprobado por el DF Gipuzkoa 42/2012, en aquella parte que no ha sido recogida en la NF Gipuzkoa 2/2022. Así mismo, la regulación contenida en la NF Gipuzkoa 3/1990, del ISD, relativa a los aplazamientos y fraccionamientos también está contemplada en el contenido del nuevo reglamento.Así, el reglamento se divide en tres capítulos, que desarrollan:- aspectos procedimentales;- la gestión del impuesto; y- los aplazamientos y fraccionamientos de la deuda resultante de las autoliquidaciones del ISD.DF Gipuzkoa 1/2023EDL 2023/1254, BOTHG 6-2-23NOTACon efectos a partir del 7-2-2023, se deroga el DF Gipuzkoa 42/2012 art.42 a 45 y 47 a 52.
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