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Con la finalidad de actualizar la declaración-liquidación mensual del Impuesto sobre las Primas de Seguros (IPS), y facilitar el cumplimiento de dicha obligación tributaria, se ha aprobado un nuevo modelo 430.La OM que aprueba este nuevo modelo, entra en vigor el 1-1-2024, y es aplicable por primera vez, a la autoliquidación correspondiente al mes de enero de 2024, que se debe presentar durante los veinte primeros días del mes de febrero de 2024.Para su presentación, han de tenerse en cuenta las siguientes consideraciones:a) Obligados a presentar la declaración: son sujetos pasivos del Impuesto, las entidades aseguradoras cuando realicen las operaciones gravadas por el Impuesto (L 13/1996 art.12.Nueve). Por tanto, están obligados a presentar esta autoliquidación mensual, los sujetos pasivos mencionados anteriormente, que hayan realizado alguna operación sujeta y no exenta del Impuesto en el mes a que se refiere la autoliquidación.De esta forma, se homogeneiza la información relativa a la identificación del declarante en la declaración-liquidación mensual (modelo 430), con la contenida en la declaración resumen anual del Impuesto (modelo 480).b) Plazo de presentación: como regla general, la presentación e ingreso debe efectuarse en los veinte primeros días naturales del mes siguiente a la finalización del correspondiente periodo de liquidación mensual. Como excepción, la presentación del modelo correspondiente al periodo de liquidación del mes de julio, debe realizarse durante el mes de agosto y los veinte primeros días naturales del mes de septiembre inmediatamente posteriores. c) Formas de presentación: este modelo estará disponible exclusivamente en formato electrónico. Su presentación debe realizarse de forma obligatoria por vía electrónica a través de Internet, con sujeción a las condiciones generales y procedimiento establecido en la OM HAP/2194/2013 art.6 a 10. OM HFP/1284/2023 art.1 a 4 y disp.final única, BOE 30-11-23; OM 24-11-2000 derog OM HFP/1284/2023, BOE 30-11-23; OM EHA/3397/2006 art.3 derog OM HFP/1284/2023, BOE 30-11-23NOTACon efectos para los períodos impositivos que se inicien a partir del ejercicio 2024, quedan derogadas la OM 24-11-2000, y la OM EHA/3397/2006 art.3, que regulan hasta entonces la presentación del modelo 430.
Actualidad jurídica
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