1
Mediante este modelo, los órganos o entidades gestoras de la Seguridad Social y las mutualidades alternativas comunican a la AEAT información respecto de las cotizaciones y cuotas devengadas en relación con sus afiliados y mutualistas, de relevancia para la aplicación de las deducciones en el IRPF por maternidad y por familia numerosa o personas con discapacidad a cargo.Actualmente, la transmisión de dicha información a la AEAT implica un tratamiento manual de los datos recibidos, por lo que, dada la evolución tecnológica, resulta conveniente adaptar el suministro de información al sistema utilizado con carácter general en el resto de declaraciones informativas, como es la Transmisión de Grandes Volúmenes de Información (TGVI online). Por tal motivo, para las declaraciones mensuales correspondientes al ejercicio 2026 y siguientes, se deroga la OM HAC/96/2003 que aprobaba el actual modelo 185, el cual se sustituye por el nuevo modelo 185 aprobado por la Orden de referencia. Los diseños de registro figuran en el anexo de dicha Orden. Este nuevo modelo 185 se incluye en la relación de declaraciones informativas recogidas en la OM HAP/2194/2013 art.1.3. OM HAC/1197/2025, BOE 29-10-25
Actualidad jurídica
Suscríbase vía email
Comentarios: 0 comentarios