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Con efectos a partir del 25-2-2022, se aprueba la obligación de comunicar el importe neto de la cifra de negocios y si se cumple el requisito de participación previsto en la LF Navarra 2/1995 art.150.1.g tercer párrafo, para los sujetos pasivos del impuesto.Por excepción, están exonerados de esta obligación de comunicación:- los sujetos pasivos exentos del impuesto sobre actividades económicas -LF Navarra 2/1995 art.150.1.a) a f)-;- los sujetos pasivos que hayan informado previamente del importe neto de la cifra de negocios a la Hacienda Foral de Navarra en alguna declaración tributaria;- los sujetos pasivos en quienes no concurran los requisitos para la exención previstos en la LF Navarra 2/1995 art.150.1.g;- los contribuyentes del impuesto sobre la renta de no residentes que operen en Navarra sin establecimiento permanente.La comunicación se debe realizar mediante la presentación del modeloF-65 (de declaración de opciones y renuncias. Censos Especiales (IVA.). Comunicación previa al inicio de actividad -OF Navarra 427/2013EDL 2013/255001-, en el plazo comprendido entre el 1 de enero y el 14 de febrero, ambos incluidos, del ejercicio en que deba surtir efectos la comunicación en el impuesto sobre actividades económicas. Sin embargo, los sujetos pasivos que ejerzan una actividad en el resto del territorio español e inicien su actividad en territorio navarro con posterioridad al 14 de febrero, deben presentar el modelo F-65 en el plazo de un mes desde la fecha de presentación de la declaración de alta en el impuesto sobre actividades económicas.OF Navarra 16/2022EDL 2022/4591 art.1, BON 24-2-22; OF Navarra 127/2013 art.2.l y anexo I redacc OF Navarra 16/2022EDL 2022/4591 art.2, BON 24-2-22NOTA1.La comunicación prevista en la OF Navarra 16/2022 que deba surtir efecto en el periodo impositivo de 2022 debe realizarse mediante la presentación del modelo F-65 en el plazo comprendido entre el 25-2-2022 y el 31-3-2022. Los sujetos pasivos que ejerzan una actividad en el resto del territorio español e inicien su actividad en territorio navarro con posterioridad al 31-3-2022, deben presentar el modelo F-65 en el plazo de un mes desde la fecha de presentación de la declaración de alta en el IAE (OF Navarra 16/2022EDL 2022/4591 disp.trans.única).2.Con efectos desde el 25-2-2022, se adecúa el modelo F-65 (OF Navarra 427/2013EDL 2013/255001) a la obligación de comunicación exigida por la OF Navarra 16/2022EDL 2022/4591.
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