8
Los sujetos pasivos que tengan domicilio fiscal o establecimiento permanente principal en la isla de la Palma, que desarrollen alguna de las actividades económicas recogidas en Orden Canarias 23-12-19EDL 2019/40319 Anexo II, a efectos de la determinación del importe del ingreso a cuenta correspondiente al 1T del año 2022 pueden reducir en un 10% los porcentajes señalados en Orden Canarias 23-12-19EDL 2019/40319 anexo II. Instrucciones. 3.La reducción se incrementa hasta el 30%, para aquellos sujetos pasivos con domicilio fiscal o establecimiento permanente principal en los términos municipales de Los Llanos de Aridane, El Paso, Tazacorte y Fuencaliente.Orden Canarias 28-1-2022EDL 2022/2115 art.2, BOCANA 4-2-22NOTACon la aprobación de esta Orden, se deroga la Orden Canarias 23-12-2021EDL 2019/40319.
Actualidad jurídica
Suscríbase vía email
Comentarios: 0 comentarios