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Con entrada en vigor el 3-1-2022 y aplicación por primera vez al modelo 347 a presentar correspondiente a 2021, se aprueban las siguientes modificaciones:a) Para hacer posible la inclusión en la declaración anual de operaciones con terceras personas de aquellas operaciones con empresarios o profesionales cuyo NIF IVA comience por XI, pero que no estén incluidas en el protocolo para Irlanda del Norte, se introducen en el modelo 347 las modificaciones necesarias en la codificación del NIF IVA.b) Por razones de seguridad jurídica, se suprimen los artículos 3 a 9 de la OM EHA/3012/2008 tácitamente derogados por la OM HAP/2194/2013. Como consecuencia de esta supresión, se modifican los artículos 1 y 2, se suprime el anexo I, y el anexo II pasa a denominarse anexo.OM EHA/3012/2008 art.1 y 2 y anexo redacc OM HFP/1395/2021 art.2, BOE 14-12-21; OM EHA/3012/2008 art.3 a 9 y anexo I derog OM HFP/1395/2021 art.2, BOE 14-12-21; OM HFP/1395/2021 art.2 y disp. final única, BOE 14-12-21
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