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Desde el 7-5-2020 las tiendas libres de impuestos están autorizadas a efectuar ventas por comercio electrónico, excepto labores de tabaco, a particulares no viajeros (Orden Canarias 5-5-2020EDL 2020/10728 disp.adic.Única). Al continuar las razones que justificaron la adopción de esta medida, la autorización ha sido objeto de sucesivas prórrogas, habiéndose extendido su vigencia hasta el 31-12-2021.Con la aprobación de esta norma, la autorización vuelve a extender su validez, y se prorroga hasta el 31-7-22 lo dispuesto en la Orden Canarias 26-6-2020EDL 2020/18675 art.3.Orden Canarias 28-12-2021EDL 2021/46694, BOCANA 4-1-22
Actualidad jurídica
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