Con efectos a partir del 20-12-2014, se posibilita en este territorio que el representante fiscal de las entidades aseguradoras establecidas en otro Estado miembro del Espacio Económico Europeo, distinto de España, y que actúen en España en régimen de libre prestación de servicios, esté establecido en España, sin ser necesario que esté concretamente en Gipuzkoa.
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