Las modificaciones introducidas por la OM ECE/482/2019 se refieren a las necesarias adaptaciones de la OM EHA/2899/2011 a la Dir 2014/17/UE y a la L 5/2019, sobre contratos de crédito inmobiliario.
Entre esas adaptaciones se encuentran las relacionadas con las normas relativas a los créditos y préstamos hipotecarios, que a continuación se detallan:
1. Ámbito de aplicación (OM EHA/2899/2011 art.19). Incluye las actividades realizadas por cualquier prestamista, intermediario de crédito o su representante que opere en España dirigidas o relacionadas con el diseño, el proceso de comercialización, la concesión, la gestión y el cumplimiento de los contratos de préstamo inmobiliario regulados en la L 25/2019 art.2.
2. Adaptación de la ficha de información precontractual -FIPRE- (OM EHA/2899/2011 art.21). Los prestamistas, intermediarios de crédito y sus representantes designados, en su caso, deberán proporcionar información general, clara y suficiente sobre los préstamos que ofertan a los potenciales prestatarios que la soliciten, con el contenido previsto en La L 25/2019 art.9.
3. Contenido de la ficha de advertencias estandarizadas -FiAE- (OM EHA/2899/2011 art.22). El prestamista, intermediario de crédito o su representante designado debe entregar esta ficha al prestatario o potencial prestatario, y, en su caso, a toda persona física que sea fiadora o garante del préstamo, con una antelación mínima de diez días naturales respecto al momento de la firma del contrato de préstamo.
4. La regulación sobre oferta vinculante (OM EHA/2899/2011 art.23) y la información adicional sobre cláusulas techo y suelo (OM EHA/2899/2011 art.25), queda sin contenido, ya que se regulan directamente en la L 5/2019.
5. Tipos de interés (OM EHA/2899/2011 art.26.2 y 28). En el caso de préstamos concedidos a tipo de interés variable se debe entregar, con antelación mínima de 10 días naturales respecto al momento de la firma del contrato, el documento separado recogido en la L 5/2019art.14.1.c, una referencia especial a las cuotas periódicas a satisfacer por el cliente en diferentes escenarios de evolución de los tipos de interés y las posibilidades de cobertura frente a tales variaciones, y todo ello teniendo además en cuenta el uso o no de índices oficiales de referencia.
6. Préstamo en moneda extranjera (OM EHA/2899/2011 art.31). Se modifican los términos en los que se debe facilitar información al prestatario.
7. Conocimientos y competencia aplicables al personal al servicio del prestamista de crédito inmobiliario, intermediario de crédito inmobiliario o representante designado (OM EHA/2899/2011 art.32 a 32 quinquies). Se introduce esta nueva sección 6ª en la que se establecen los requisitos mínimos de conocimientos y competencia aplicables al personal al servicio del prestamista de crédito inmobiliario, intermediario de crédito inmobiliario o representante designado.
Asimismo, se establecen los conocimientos con que se debe contar, los tipos de formación, y los detalles sobre cómo deber ser impartida, y las políticas y procedimientos internos de las entidades en este ámbito.
8. Ventas vinculadas (OM EHA/2899/2011 art. 32 sexies). regula la posibilidad de vincular a los préstamos inmobiliarios la apertura o mantenimiento de cuentas de pago o ahorro, mediante la creación de una nueva sección 7ª.
9. Hipoteca inversa (OM EHA/2899/2011 art.32 septies a 32 terdecies). Una parte de su régimen estaba basado en remisiones a disposiciones de la OM EHA/2899/2011 que regulaban los préstamos hipotecarios y que ahora han perdido vigencia con la aprobación de la L 5/2019, que no se aplica a las hipotecas inversas. Se realizan las modificaciones necesarias con el fin de eliminar todo atisbo de inseguridad jurídica sobre el mantenimiento del régimen actual de protección de este producto.
La entrada en vigor de estas disposiciones se establece el 16-6-2019, subsiste hasta esta fecha la obligación de facilitar la ficha de información personalizada (FIPER), a excepción de lo establecido sobre el contenido de la ficha de advertencias estandarizadas -FiAE- y la regulación sobre los conocimientos y competencia aplicables al personal al servicio del prestamista de crédito inmobiliario, intermediario de crédito inmobiliario o representante designado, que entrarán en vigor a los 3 meses de su publicación en el BOE, el 29-7-2019.
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