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Con efectos desde el 1-6-2021, se aprueban los modelos de declaración, así como el lugar de presentación y el resto de datos relevantes para el cumplimiento de las obligaciones de información sobre mecanismos transfronterizos de planificación fiscal:a) Modelo 234 de declaración de información de determinados mecanismos transfronterizos de planificación fiscal: 1. Obligados a su presentación: los intermediarios, o en su caso, los obligados tributarios interesados en los términos previstos en el Reglamento por el que se desarrollan determinadas obligaciones tributarias formales (DF Gipuzkoa 47/2013EDL 2013/242658 art.57.4 a 6). 2. Contenido del modelo: los mecanismos transfronterizos en los cuales concurran determinadas circunstancias denominadas “señas distintivas” tal y como se delimitan en el DF Gipuzkoa 47/2013EDL 2013/242658 art.57.2.3. Plazo de presentación: 30 días naturales siguientes al nacimiento de la obligación.4. Forma de presentación: por vía telemática a través de Internet.b) Modelo 235 de declaración de información de actualización de determinados mecanismos transfronterizos comercializables. 1. Obligados a su presentación: las personas o entidades intermediarias en los términos recogidos en el DF Gipuzkoa 47/2013EDL 2013/242658 art.57.4.2. Contenido del modelo: los datos actualizados de los mecanismos transfronterizos comercializables, es decir, de los mecanismos transfronterizos diseñados, comercializados, ejecutables o puestos a disposición para su ejecución sin necesidad de adaptación sustancial, siempre que hayan sido declarados con anterioridad. 3. Plazo de presentación: mes natural siguiente a la finalización del trimestre natural en el que se hayan puesto a disposición mecanismos transfronterizos comercializables con posterioridad al mismo mecanismo originariamente declarado en el modelo 234 o en el último modelo 235 presentado.4. Forma de presentación: por vía telemática a través de Internet.c) Modelo 236 de declaración de información de la utilización de determinados mecanismos transfronterizos de planificación fiscal.1. Obligados a su presentación: los obligados tributarios interesados en los términos previstos en el DF Gipuzkoa 47/2013EDL 2013/242658 art.61.1.2. Contenido del modelo: la información relativa a la utilización en territorio español de los mecanismos transfronterizos que hayan debido ser previamente declarados a la Diputación Foral o a otra Administración tributaria.3. Plazo de presentación: el último trimestre del año natural siguiente a aquel en el que se haya producido la utilización en España de los mecanismos transfronterizos que hayan debido ser previamente declarados.4. Forma de presentación: por vía telemática a través de Internet.Por último, se establece un régimen transitorio para los siguientes supuestos:-mecanismos transfronterizos cuya primera fase de ejecución se haya realizado, entre el 25-6-2018 y el 30-6-2020;- mecanismos transfronterizos sujetos a comunicación cuya obligación de declaración haya nacido entre el 1-7-2020 y 31-5-2021;- actualización de los mecanismos transfronterizos comercializables puestos a disposición entre el 1-7-2020 y el 31-3-2021.En todos los casos, la declaración debe realizarse en el plazo de un mes a partir del 1-6-2021.Además de los anteriores, se aprueban los siguientes modelos a los que debe ajustarse el contenido de las comunicaciones realizadas entre los particulares afectados por la obligación de información:- de comunicación del intermediario eximido de la obligación de informar de determinados mecanismos trasfronterizos de planificación fiscal por el deber de secreto profesional;- de comunicación de presentación de la declaración informativa de determinados mecanismos transfronterizos de planificación fiscal por un intermediario que determina la exención de presentación del resto de intermediarios;- de comunicación de presentación de la declaración informativa de determinados mecanismos transfronterizos de planificación fiscal por un obligado tributario interesado que determina la exención de presentación del resto de obligados tributarios interesados.OF Gipuzkoa 281/2021EDL 2021/18423, BOTHG 1-6-21; OF Gipuzkoa 289/2021EDL 2021/18423, BOTHG 1-6-21
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