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Con efectos a partir del 3-1-2024 y de aplicación por, por primera vez, para las declaraciones informativas correspondientes a 2023 que se presenten a partir del 1-1-2024, se introducen las siguientes novedades:a) Modelo 189 «Declaración informativa anual acerca de valores, seguros y rentas». Se modifican los diseños de registro de tipo 2, registro de declarado:1. Por una parte, se modifican el campo «Clave de valor», para incluir una nueva clave F destinada a informar de los seguros de vida sin valor de rescate, así como las rentas temporales o vitalicias derivadas de seguros de vida o invalidez sin dicho valor de rescate y el campo «Valoración», para precisar que, en el caso de que se haya consignado la nueva clave F, debe indicarse el valor de la provisión matemática a 31 de diciembre.2. Por otra parte, se actualizan referencias normativas en determinados campos y se amplía el número de posiciones del campo «numero de valores».b) Modelo 720 «Declaración informativa sobre bienes y derechos situados en el extranjero».Se modifica el campo «Valoración 1: saldo o valor a 31 de diciembre; saldo o valor en la fecha de extinción; valor de adquisición», para especificar que en aquellos casos en que el campo «Clave tipo de bien o derecho» tome el valor «S» relativo a los seguros de vida o invalidez y rentas temporales o vitalicias que procedan de un seguro de vida, cuyas entidades aseguradoras se encuentren situadas en el extranjero, se debe informar del valor de la provisión matemática a 31 de diciembre cuando el tomador del seguro no disponga de la facultad de ejercer el derecho de rescate total en dicha fecha (excepción hecha de los contratos de seguros temporales que solo incluyan prestaciones para caso de fallecimiento o invalidez u otras garantías complementarias de riesgo).OF Bizkaia 515/2009 anexo II redacc OF Bizkaia 695/2023 art.1, BOTHB 2-1-24; OF Bizkaia 2282/2013 anexo II redacc OF Bizkaia 695/2023 art.2, BOTHB 2-1-24
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