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Se modifica el modelo 182 de declaración informativa de donaciones y aportaciones recibidas y disposiciones realizadas en el IRPF e IS. Las modificaciones se aplican por primera vez a las declaraciones que se presenten a partir de 1-1-2023, en relación con la información correspondiente a 2022. Las principales novedades son:a)Obligados a la presentación: se incluye entre los obligados a las entidades beneficiarias del mecenazgo medioambiental especificando la información que deben incluir en la declaración (LF Navarra 10/1996 disp.adic.12ª). b)Forma de presentación: el modelo está disponible exclusivamente en formato electrónico y se presenta por vía electrónica a través de Internet de acuerdo con las condiciones generales y el procedimiento descritos en la OF Navarra 8/2013EDL 2013/1216 art.7 y 8.Los presentadores deben tener en cuenta las normas técnicas que se requieren para poder efectuar la presentación telemática y que se encuentran publicadas en la página web del Gobierno de Navarra, en el apartado correspondiente a la Hacienda Foral de Navarra.c) Habilitación para la presentación. La presentación del modelo la pueden hacer:- los obligados tributarios o, en su caso, sus representantes legales;- las personas o entidades que tengan la condición de colaboradores sociales en la aplicación de los tributos.OF Navarra 8/2013 art.1 a 3, 5 a 8 y Anexo I y II redacc OF Navarra 125/2022EDL 2022/40907 art.único, BON 10-1-23
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