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Se aprueba el modelo 179 de declaración informativa de la cesión de viviendas para uso turístico que debe presentarse en relación con las cesiones de viviendas para uso turístico realizadas a partir de 1-1-2022 y cuya intermediación se haya producido a partir de esta fecha:a) Obligados a su presentación: las personas y entidades que intermedien entre los cedentes y cesionarios del uso de viviendas para uso turístico (DF Gipuzkoa 47/2013EDL 2013/242658 art.72 ter).b) Objeto de declaración: la información contenida en la orden de cabecera (OF Gipuzkoa 88/2022EDL 2022/5672 anexo).c) Plazo de presentación: tiene una periodicidad trimestral y debe presentarse en relación con las operaciones realizadas en cada trimestre natural, en el plazo comprendido entre el primer y último día del mes natural posterior a la finalización del trimestre a que se refiere la declaración.d) Condiciones y procedimiento para su presentación: se debe presentar a través de Internet, desde la plataforma Zergabidea y se confecciona cumplimentando los datos requeridos al efecto por la propia plataforma.La plataforma Zergabidea se encuentra disponible en el portal https://zergabidea.gipuzkoa.eus. Se puede, así mismo, acceder a ella desde la sede electrónica de la Diputación Foral de Gipuzkoa o desde la página web oficial del Departamento de Hacienda y Finanzas.OF Gipuzkoa 88/2022EDL 2022/5672, BOTHG 4-3-22NOTALa orden de cabecera sustituye a la Orden Foral por la que se aprueba el modelo 179, «Declaración Informativa de la cesión de viviendas para uso turístico» y se establecen las condiciones y el procedimiento para su presentación (OF Gipuzkoa 575/2019EDL 2019/38527).
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