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Desde el 20-5-2024, las labores de tabaco que circulen fuera de régimen suspensivo con destino dentro del territorio de la Comunidad Autónoma de Canarias, deben contenerse en envases provistos de una precinta de circulación del impuesto conforme a los modelos de precintas establecidos (Orden Canarias 9-5-2011 art.19EDL 2011/47642 redacc Orden Canarias 17-4-2024EDL 2024/7461). Como consecuencia de la aprobación de nuevas precintas fiscales de circulación de labores del tabaco, conefectos 27-8-2024, se modifican las instrucciones para cumplimentar el modelo 464.O Canarias 17-5-2021 anexo I redacc Agencia Tributaria Canarias Resol 5-8-24EDL 2024/15834 primero, BOCANA 27-8-24; Agencia Tributaria Canarias Resol 5-8-24EDL 2024/15834 segundo, BOCANA 27-8-24
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