Al objeto de introducir medidas necesarias para evitar el comercio ilícito de productos del tabaco, la Orden Canarias 9-5-2011 art.19 redacc Orden Canarias 12-5-2019, modificó las obligaciones que llevan aparejadas la utilización y control de la precinta de circulación del Impuesto sobre las Labores del Tabaco. A consecuencia de esas modificaciones:
1. Se aprueba el modelo 463, que debe ser utilizado en la petición de precintas de circulación de las labores de tabaco en cigarrillos y picadura de liar. Y el modelo de recepción de estas precintas.
El modelo consta de ejemplar para la oficina gestora, para el sujeto pasivo y para GRECASA.
Con la entrada en vigor de Agencia Tributaria Canarias Resol 29-5-2019, se deroga Resol Canarias 15-7-2011.
2. Se modifica el modelo 464 de autoliquidación del precio público por el suministro de las precintas de circulación del Impuesto sobre Labores del Tabaco.
El modelo consta de ejemplar para el obligado al pago, para la oficina gestora y para la entidad colaboradora.
En ambos casos, la fecha de entrada en vigor de estos cambios es el 7-6-2019.
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